martes, 15 de junio de 2010

ROPA Y MÚSICA IMPUESTAS:UNA COMPARACIÓN


El que nos obliguen a soportar música ambiental en los locales comerciales puede ser comparado con una hipotética obligación a entrar en esos establecimientos vestidos de ciertos colores concretos. Como es natural, no aceptaría esa imposición. Incluso aunque casualmente fuera lo que le apeteciese vestir, porque no estaría dispuesto a hacerlo obligadamente. Imagine que al resto de las personas no les importase someterse, y le comentasen:
- ¡Pero si esos colores son muy bonitos! No entiendo como pueden molestarle.¡Aburrido!
- Esos colores no le hacen daño ninguno. Y además, alegran el ánimo.
Usted les contestaría posiblemente que los colores le gustan, pero que usted los viste cuando le da la gana. En realidad, es usted muy libre incluso de que no le gusten. También les diría que lo que usted va a hacer al supermercado es a comprar lo que necesita, y que no entiende por qué su entrada tiene que estar supeditada a ir vestido con unos determinados colores. ¿Tendrían derecho a decirle: "Si no se viste así, no entre a comprar aquí"?.

Al comprar en establecimientos comerciales, le OBLIGAN a escuchar música. Esa música "viste", mejor dicho, "interviene" su pensamiento al margen de su voluntad. Y usted no está obligado a que le guste. Y, aunque le guste, tiene derecho a escoger el momento y el lugar para escucharla, y de la clase que quiera oírla. Incluso aunque le apeteciese escucharla en ese preciso momento no debería aceptarla, por ser una imposición. No acepte argumentos como que "la música es muy bonita", "¡aburrido!", "la música alegra el ánimo","no le hace ningún daño". En realidad, ninguna de esas cosas tiene por qué ser cierta, y en todo caso no son razones para IMPONER la música como de hecho se hace.
¿Tienen derecho a decirle "Si no quiere oír la música, no entre"?. EL mismo derecho a impedirle que entre si no es con ropa de determinados colores. Ninguno. Usted va a comprar lo que necesita, y va a pagarlo. No va a escuchar música, ni tiene por qué apetecerle hacerlo, ni tiene por qué hacerlo. El mero hecho de que la propongan como una obligación, es un atentado a la dignidad de las personas. Del mismo modo que lo sería si le obligasen a marcarse unos pasos de baile mientras compra. La función de las piernas es caminar. Bailar es una actividad "cultural" que uno puede hacer a su elección voluntariamente. De la misma manera, el oido es para adquirir información sobre el entorno. La función "cultural" de escuchar música no puede aceptarse de forma impuesta.

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